lunes, 27 de mayo de 2013

Mas acerca del juego.


El juego una actividad importante en la vida de los niños porque :


1.El juego es la actividad propia y característica del niño...

Propia porque el chico juega todo el tiempo. Todo lo que hace, como juego lo hace. Y característica, porque la necesidad de jugar lo distingue del adulto. El niño vive en estado de juego. El niño se forma en un proceso de juego, de interacción lúdica con otras personas, con los objetos, con los animales, con los hechos.
El juego tiene una razón en sí mismo. Cuando el juego no es interesante para el niño, este lo abandona. Jugar forzado es aburrido y el niño sólo lo hace si le exigen como obligación. Y con eso ya no es juego, sino tarea.

2. El niño necesita jugar como necesita vivir. ...

Sin jugar, él no vive su infancia.
Sin jugar, quema etapas, dejando huecos que más tarde se irán a manifestar como bases inestables de la personalidad. El ejercicio del juego, que en el fondo es una interacción existente re-creadora con los objetos y los hechos, le da al niño experiencias y conciencia de que la realidad es mutable
Walter Benjamín:
"Es por medio del juego, en la infancia y del trabajo, en la edad adulta; que el hombre ejerce el poder sobre la naturaleza y produce la cultura, hace historia.

3. El niño aprende el misterio jugando con él...

El juguete es él vinculo y el juego es el camino que el niño sigue para llegar a las cosas, para descubrir los secretos que esconde una mirada sorprendente, para deshacer temores, para explorar el desconocido. Es por mediación del juego que el niño logra tomar el misterio de la mano, sin quemar el corazón. Todo es materia de juego y, por medio de él, todo es traído para el reino de lo posible, de lo aceptable y de lo modificable.
Quienes enseñan saben que el ambiente lúdico es el más propicio para el aprendizaje y el desarrollo del niño.

4. Educación y juego son inseparable

Como educadores preescolares, ustedes más que nadie, conocen la extensión y la profundidad de esa relación.
Cómo la educación opera sus efectos, como produce resultados en el niño. Normas, valores, informaciones, conocimientos ya elaborados, experiencias y práctica de los adultos llegan al niño por el ejemplo y la palabra.
Sin embargo, ellos no son, aún educación. Constituyen el acercamiento cultural de la familia, de un pueblo, de la humanidad, transmitido. El niño involucra todo en el juego, cuerpo, inteligencia y afecto. Y juega con todo lo suyo: con la mano, con el cuerpo, con el llanto y la risa, con la narración y la fantasía. Se puede afirmar que:
  • El niño tiene derecho a jugar.
  • Los adultos tienen obligación de posibilitar este ejercicio de derecho.
  • La sociedad y el Estado tienen responsabilidades frente al juego, como las tienen con la educación del niño.
  • El juego debe ser afirmado como derecho.
Si jugar es un derecho del niño, la defensa de ese derecho y la garantía de su realización debe esta en el ámbito jurídico, de las leyes, de las normas, del Derecho. Existen dos espacios en donde ese asunto puede ubicarse jurídicamente:
  • En los derechos de la persona:
  • En los derechos del consumidor:
En la relación al primero, tenemos la Convención de las Naciones Unidas sobre Los derechos del Niño, que afirma en su artículo 31:
"1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y al entretenimiento, al esparcimiento y a las actividades recreativas propias de la edad, bien así a la libre participación en la vida cultural y artística."
"2. Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente de la vida cultural y artística y estimularán la creación de oportunidades adecuadas, en condición de igualdad, para que participen de la vida cultural, artística, recreativa y de entretenimiento.

El Derecho A Jugar Equivale Al Derecho A La Infancia.

Si jugar es típico del niño, si la infancia es una edad de juego, si la actividad más extensa, más intensa, más característica de la infancia es la ludicidad, no se puede concebir la infancia sin juego. Impedirle jugar es robarle la infancia al niño, anticipar la vida adulta.
El trabajo precoz, está arrancando la infancia de los niños. El derecho a jugar implica el deber del Estado de prohibir el trabajo infantil y a castigar a los que someten al niña trabajo inadecuado para su edad.
  

Niños difrustando de actividades de juego.




Niños disfrutando de actividades de juego.








DERECHOS DE LOS NIÑOS A JUGAR




El derecho a jugar es reconocido en Argentina.




La Convención Internacional de los Derechos del Niño fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, marcando un hito histórico fundamental en la defensa de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes.
El Congreso Argentino ratificó la CDN en septiembre de 1990, instituyéndola como Ley Nacional Nº 23.849 y en agosto de 1994, la Convención Constituyente la incorporó al artículo 75 de la nueva Constitución de la Nación Argentina.
Desde entonces, con la incorporación de la CDN al derecho interno, la Argentina inició la adecuación de su legislación para que esta nueva herramienta jurídica sea también un instrumento eficaz.
El 28 de septiembre de 2005: la Argentina sancionó la nueva Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Nº 26.061), derogando la antigua ley de patronato y respaldando definitivamente, la Convención de los Derechos del Niño, sancionada en 1990 e incorporada a nuestra Constitución en 1994.
Letra viva para volver la mirada sobre la infancia: conocer sus derechos, respetarlos y cumplirlos.
Derecho a jugar
Derecho a jugar y a desarrollar sus capacidades recreativas, esenciales para su mejor desarrollo.
A descansar y a reponer sus energías físicas y mentales.
A practicar deportes como actividad fundamental para el buen desarrollo físico y la incorporación de conductas sociales positivas.
Artículo 31
1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.
2. Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.











domingo, 26 de mayo de 2013

Todos los niños deben disfrutar del derecho al juego, deporte y recreación





Todos los niños tienen derecho al juego,deporte y  recreación.

Un juguete debe responder a las necesidades del niño; dado demasiado temprano le desalienta, dado demasiado tarde le decepciona”Gassier.
El  derecho al deporte, juego y recreación constituye un estímulo para el desarrollo afectivo, físico, intelectual y social de la niñez y la adolescencia, además de ser un factor de equilibrio y autorrealización.
La  Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 31 especifica que los Estados partes de esta convención deben respetar y promover el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística, propiciando oportunidades apropiadas en condiciones de igualdad.
El Estado debe tomar en cuenta que el juego, la recreación y el deporte, además de ser un derecho, son maneras eficaces de acercarse a los menores de edad marginados, discriminados, huérfanos, a los que tienen limitaciones mentales o físicas, a los que viven o trabajan en la calle, a los que son victimas de explotación sexual.
Según la publicación de UNICEF “Deporte, Recreación y Juego” , el deporte, la recreación y el juego fortalecen el organismo y evitan las enfermedades, preparan a los niños y niñas desde temprana edad para su futuro aprendizaje, reducen los síntomas del estrés y la depresión; además mejoran la autoestima, previenen el tabaquismo y el consumo de drogas ilícitas y reducen la delincuencia.
Asimismo, en esa publicación se dice que la inactividad física ocasionó en el mundo alrededor de 1.9 millones de muertes en el 2000, y se estima que causó entre el 10 y el 16% de todos los casos de diabetes y de cáncer de mama y colon, y cerca del 22% de los casos de cardiopatías.